Historia sobre la fundación del Monasterio del Carmen de la Asunción de Cuenca:
- Reconstruyendo el pasado
- 8 ene 2022
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Este establecimiento tuvo su génesis en función, de que en la urbe del Tomebamba existió gran “…devoción…” a la “…Religión…” que fue reformada por Teresa de Ávila. Para esto, en los albores de la década de los setentas del siglo XVII, la abadesa y monjas del Convento de San José de la ciudad de San Francisco en la Provincia de Quito, solicitaron el permiso respectivo para dicha fundación.

No obstante, la institución de este cenobio tardó una década, ya que la Licencia que autorizaba su creación, no llegó sino hasta el 25 de noviembre de 1679, cuando en Aranda de Duero (pequeño municipio de la provincia de Burgos), Don Francisco Fernández del Madrigal en nombre del Rey de España, concedió la autorización respectiva.
Según este documento, Cuenca se mostró como “… muy acomodada…” para dicha empresa, debido a que se disponían de casas y sitios para instituir el monasterio, ya que tres personas habían hecho cuantiosas donaciones: Pedro Pérez de Hurtado, Pedro Ortiz Dávila y Ángela de Ambuludi.

Sin embargo, las monjas quiteñas recién arribaron a la capital azuaya en 1682; en un inicio, se alojaron en las casas que disponían como fruto de las dádivas realizadas por los sujetos antes mencionados, y no fue hasta la siguiente centuria, que se levantó el convento e iglesia que se observan en la actualidad.

Es menester subrayar, que dentro del grupo de monjas venidas desde Quito, hubieron dos, quienes eran parientes directas de Mariana de Jesús, la primera santa del Ecuador: sor Catalina María de los Ángeles y Andrea de la Santísima Trinidad. Por este motivo, varios de los objetos pertenecientes a la Azucena de Quito fueron llevados al Carmen de la Asunción, entre ellos su vihuela, considerada uno de los tres ejemplares de este instrumento musical, que se conservan a nivel mundial.
La información para esta reseña se obtuvo del Archivo de Indias en Sevila:
》AGI/24//Quito, 210, L.4, f.266r-267r. 》AGI/24//Quito, 214, L.9, f.32v-33r
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